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VISTOExpediente N° 0007892-2021, informes N° 0009-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFIDFOGL y N° 0011-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFIDFOGL de la Dirección de Educación Física y Deporte, Informe N° 00151-2021 -MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, Informe No. 00316-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por objeto definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, de conformidad con las políticas
General del Estado;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal h) del artículo 80 de la citada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, los programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector y ejecutar la Política Pública Carrera Magisterial;

Que, el artículo 76 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Docente, dispone que las vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento, se atiendan mediante concurso público para la contratación de docentes;

Que, el artículo 1 de la Ley No. 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, establece que el contrato de servicio docente regulado en la Ley de Reforma Docente, tiene por objeto permitir la contratación temporal de docentes en las instituciones educativas públicas. educación productiva básica y técnica. Asimismo, establece que, mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Educación,
regula el procedimiento, requisitos y condiciones, para la contratación en el marco del Contrato de Servicio Docente; así como las características para su renovación;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 015-2020-MINEDU, se aprueba la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de docentes y las características para su renovación, en el marco del Contrato de Servicio Docente” . en la educación básica, a que se refiere la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta
otras provisiones”;

Que, adicionalmente, el numeral 13.10 de la referida Norma Técnica, indica que los procesos de contratación de docentes para intervenciones o acciones pedagógicas realizadas por el Ministerio de Educación que no estén reguladas en dicha Norma Técnica, se regirán por las disposiciones específicas que se dicten para cada caso;

Que, mediante Resolución de la Secretaría General N° 015-2017-MINEDU, se aprueba la norma técnica denominada “Normas para la implementación de talleres complementarios de las iniciativas educativas “EXPRESARTE”, “ORQUESTANDO” y “TALLERES DEPORTIVOS – RECREATIVOS”, que establece el subnumeral 6.3.1 del numeral 6.3 y el numeral 7, que los técnicos deportivos son las personas encargadas de desarrollar talleres complementarios deportivo-recreativos sobre actividad física, deporte y recreación en los centros de formación, y que el procedimiento para su contratación es
lo establezca en las normas que al efecto apruebe el Ministerio de Educación;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante Oficio N° 00119-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remite Informe N° 0009-2021-MINEDU/VMGPDIGEBR a la Vicepresidencia de Gestión Pedagógica -DEFID-FOGL complementado con el Informe N° 0011-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-FOGL, elaborado por la Dirección de Educación Física y Deporte,
mediante el cual se sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan la contratación de Técnicos Deportivos en las Instituciones Educativas Públicas de los Niveles de Educación Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular para la implementación de Talleres Deportivo-Recreativos”. ”, que tiene por objeto establecer disposiciones para la contratación de técnicos deportivos en las instituciones educativas públicas en los niveles de Educación Primaria y Secundaria de la Educación Básica Regular, con el objeto de garantizar el fomento de la práctica de las disciplinas deportivas y/o paradeportivas en los nivel escolar;

Que, mediante Informe N° 00227-2021-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera factible continuar con el proceso de resolución que aprueba el mencionado documento normativo; ya que está alineado con los documentos de planificación estratégica e institucional del Sector Educación y desde el punto de vista presupuestario no asigna gastos a la Ficha 010: Ministerio de Educación, ya que todos los recursos están programados en el Presupuesto Institucional de Apertura 2021 del Pliegos de los Gobiernos Regionales y Unidades Ejecutoras Educativas de Lima Metropolitana;

Que, asimismo, con el Informe N° 00316-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica considera que la aprobación del referido documento normativo es legalmente viable, sugiriendo continuar con el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, de conformidad con el literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y facultades, la expedición y aprobación del actos de resolución que aprueban, modifican o
dejar sin efecto los Documentos Reglamentarios del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley No. 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas por la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU;

RESUELTO:
Articulo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan la contratación de Técnicos Deportivos en las Instituciones Educativas Públicas de los Niveles de Educación Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular para la implementación de Talleres Deportivo-Recreativos”, el mismo que, como anexo, forma parte de esta resolución.
Artículo 2.- Disponer para la publicación de la presente resolución y sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica para la Educación (SIJE), ubicado en el portal
institución del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.

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Para descargar el R.VM. No. 067-2021-MINEDU. presione el siguiente botón:

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