Los directores de las instituciones educativas públicas y privadas a nivel nacional son responsables de autorizar viajes de estudio, visitas culturales, caminatas de integración y participación en eventos deportivos y culturales. Siempre que se realicen en el mismo departamento donde se encuentra la escuela o en provincias colindantes que pertenezcan a otro departamento, según se detalla en la Resolución Viceministerial N° 086-2015-MINEDU.
La autorización del director será para una o más secciones o grados, pero con el mismo objetivo y proyecto de aprendizaje. El director aprobará el plan de trabajo siempre que cuente con el siguiente respaldo:
1.- Solicitud presentada por el responsable del nivel y el tutor o profesor responsable de la actividad.
dos.- El Plan de Actividades considera: un proyecto de aprendizaje, un programa, la nómina de alumnos y docentes, así como el personal de apoyo y padres de familia acompañantes.
3.- Autorización por escrito firmada por al menos uno de los padres o tutor legal del estudiante.
4.- Si la actividad implica salir del departamento, es indispensable la autorización de viaje del menor (notarial o judicial) si viaja sin sus padres o tutor legal.
5.- El contrato con la empresa de transporte o agencia de viajes o turismo para el traslado y regreso de los estudiantes; papeles de la unidad o unidades que realizarán el servicio, nombre de los conductores, fotocopia legalizada de la licencia de conducir profesional y DNI, así como el registro de boletas emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con 24 horas de anticipación al viaje fecha.
6.- Copia textual de la persona jurídica emitida por Registros Públicos que acredite la existencia de la empresa y licencia municipal de funcionamiento.
7.- Verificar que la agencia de viajes o turismo se encuentre en el Directorio Nacional de Prestaciones de Servicios Turísticos Calificados del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (imprimir consulta web).
8.- Declaración jurada de la empresa de transporte indicando las características del servicio: tipo de asientos, servicios higiénicos de las unidades.
9.- Copia legalizada y vigente del documento que acredite que los vehículos han pasado la revisión técnica.
10.- Copia legalizada de la póliza vigente del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para transporte regional y provincial. En el caso del transporte provincial, se puede aceptar el Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) que esté homologado por una Afocat vigente.
once.- Comprobante emitido por la Dirección Regional Sectorial Encargada de Transportes y Comunicaciones o quien haga sus veces (en el caso de viajes dentro de la región), que acredite que la empresa cuenta con autorización para realizar estos servicios.
Cuando el viaje o paseos sean a otros departamentos
Si estas actividades se realizan fuera del departamento, el director deberá informar a la UGEL. Además, deberá dictar una resolución directoral autorizando la actividad y aprobando su plan de trabajo. La norma especifica el resto de la documentación que deberá adjuntar al informe que presentará ante la UGEL.
Dato adicional:
• En Educación Inicial no se realizan viajes de estudios, y los alumnos no participan en eventos deportivos, culturales, ni en graduaciones.
• El director no es responsable de organizar o autorizar viajes o fiestas de promoción al término de la educación inicial, primaria, secundaria o ciclos de Educación Básica Alternativa.
R.VM. Nº 086-2015-MINEDU – Norma Técnica para la Aprobación de Viajes de Estudios, Visitas Culturales, Jornadas y Paseos de Integración, Participación en Eventos Deportivos y Culturales, y Otras Actividades Escolares
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FUENTE: MINEDU