El Ministerio de Educación (Minedu) realizó cambios a las disposiciones y emitió otras sobre el regreso a la modalidad presencial o semipresencial en todas las escuelas del país, luego de dos años de enseñanza virtual por la pandemia del coronavirus (COVID-19) .
a través de Resolución Ministerial 108-2022-MINEDUpublicado hoy en El Peruano, el sector tiene nuevas medidas y modifica otras.
Te los detallamos a continuación:
Tipos de prestación de servicios educativos
El tipo de servicio educativo que brinda la institución educativa o programa educativo se determina tomando en cuenta los siguientes aspectos:
- Cumplimiento de las condiciones de bioseguridad en cuanto al aforo total permitido y la distancia física de un metro entre personas dentro del recinto educativo.
- En caso de que el estudiante no pueda asistir al servicio educativo presencial o semipresencial por una comorbilidad o riesgo para la salud debidamente justificado.
- los Prioridad en la prestación del servicio educativo tiene la modalidad de servicio presencial. En consecuencia, la modalidad de servicio semipresencial sólo se presta cuando las condiciones no permiten la modalidad presencial, según se especifica a continuación:
- Cara a cara Servicio educativo en horario regular de lunes a viernes con presencia física del docente y alumnos. Este tipo de beneficio se dará en instituciones educativas o programas donde los estudiantes no excedan la capacidad máxima permitida y puedan asistir diariamente cuidando la distancia física (1 metro) y los protocolos establecidos en este documento reglamentario. En los servicios educativos con residencia, como la MSE Secundaria Alternativa, el COAR y la Secundaria con Residencia Estudiantil, el horario lectivo deberá adecuarse de acuerdo a la MSE y la distancia física en el área de residencia no será inferior a un metro.
- Mezclado. Servicio educativo que combina momentos de trabajo remoto y presencial cubriendo 5 días a la semana. El cronograma se determina en base a las características y condiciones de las instituciones y programas educativos. En ambos momentos, los estudiantes desarrollan procesos de aprendizaje que se complementan. Si el servicio educativo se brinda en modalidad semipresencial, el docente deberá acordar los horarios, medios de comunicación y herramientas para el trabajo a distancia con los estudiantes y sus familias. Se debe considerar que la modalidad de trabajo remoto atiende contextos con y sin conectividad para lo cual el docente debe adecuar las herramientas para dichos fines. En los servicios educativos con residencia, como la MYPE Secundaria Alternativa, Secundaria con Residencia y el COAR, el horario lectivo deberá adecuarse según la MYPE y la distancia física en la zona de residencia no será inferior a un metro.
- Desde la distancia. Este servicio educativo se prestará excepcionalmente, únicamente en los casos de cambio de la condición epidemiológica establecida por el Minsa, por cuarentenas o condiciones comórbidas de los estudiantes. En este tipo de servicio, el estudiante no comparte el mismo espacio físico con sus pares y docentes para el desarrollo de sus habilidades, pudiendo desenvolverse en contextos con y sin conectividad. Los estudiantes acceden al servicio educativo en modalidad a distancia con acceso a medios como plataformas web, radio, televisión, tablet con internet, entre otros. En caso de no conectividad, se implementa una estrategia de sesiones remotas síncronas o asíncronas donde se asegura la entrega de materiales educativos, complementada con llamadas o videollamadas. Para el desarrollo del servicio, el docente deberá acordar los horarios y medios de comunicación con los estudiantes y sus familias, teniendo en cuenta las disposiciones de la autoridad sanitaria.
Para el desarrollo de la atención presencial o semipresencial, los horarios de los momentos presenciales o a distancia serán organizados por cada IE y programa educativo, priorizando el tiempo presencial, de acuerdo con las características de cada EI y programa del territorio.
Protocolo: rutina para el consumo de alimentos:
- Cada el estudiante consumirá la comida traída de casapara lo cual se mantendrá una distancia física de un metro, en un espacio abierto, con el acompañamiento de uno o un docente como parte de una hora pedagógica (aplica para zona rural y urbana).
- Mantener la higiene respiratoria.
- No comparta alimentos ni utensilios.
- Lavarse o desinfectarse las manos antes de consumir alimentos.
- Quítese la máscara y guárdela durante el consumo de alimentos.
- Al finalizar, vuelva a colocarse la mascarilla y lávese las manos.
- los Quioscos, cafeterías y comedores escolares permanecerán cerrados y sin prestar servicios durante la emergencia sanitaria.
- En el Contexto COVID-19el Comité de Alimentación Escolar (CAE) organiza, con las familias o comités de aula, la entrega de alimentos no preparados a las familias de los niños, niñas y adolescentes estudiantes usuarios del programa en la institución educativa o programa “Qali Warma” para ser preparados o consumidos en el hogar (modalidad “productos”).
- Únicamente, en el caso de los Modelos de Servicio Educativo con residencia y alternancia, se podrá utilizar el espacio de la cocina para la preparación de alimentos, cuidando el máximo aforo, ventilación y medidas de bioseguridad, así como hacer uso de los comedores, respetando el distanciamiento social. de un metro, así como la distancia entre sillas, mesas y ventilación natural adecuada.
Aplicación de pruebas de descarte de COVID-19 para docentes y escolares
- Se recomienda que antes de reiniciar el servicio educativo con algún grado de presencialidad, así como de manera rutinaria una vez iniciadas las clases, el institución o programa educativo identifica personas o redes de personas con un diagnóstico confirmado de COVID-19.
- los El empleador del IE gestionará las pruebas de cribado de todo el personal docente, ya sean moleculares o antigénicas, con las autoridades sanitarias correspondientes.. Sin perjuicio de la aplicación de la prueba, deberá descartar los síntomas asociados al COVID-19 para el personal y los estudiantes, a través de la ficha de sintomatología COVID-19.
- Ante la sospecha de casos, el personal directivo deberá comunicar esta situación a la UGEL, a la autoridad sanitaria de la jurisdicción, a los docentes y a los padres de los alumnos. Asimismo, deberá gestionar ante la UGEL y la autoridad sanitaria del ámbito de su competencia territorial, la pruebas de personal y estudiantes potencialmente infectadosasí como los miembros de la comunidad con los que ha mantenido contacto.
- los los docentes deben elaborar un reporte de incidentes una vez al mes en el que se registren todas las ocurrencias (casos sospechosos, probables y confirmados de COVID-19), así como dar seguimiento a los casos identificados. La información deberá ser enviada al personal directivo o en ejercicio de sus funciones con el fin de establecer la hora de regreso de cada alumno y evaluar medidas de prevención adicionales en el ámbito educativo.
- Todos los miembros de la comunidad educativa tienen la responsabilidad de monitorear diariamente la presencia de síntomas antes de asistir al establecimiento educativo.
sobre eventos escolares
- Continúa, mientras dure el estado de emergencia sanitaria, la suspensión de desfiles escolares, actuaciones y formaciones durante la jornada escolar, así como cualquier tipo de reunión que implique concentración y/o aglomeración. Exceptuando las actividades que promuevan el deporte y el apoyo socioemocional a los estudiantes, cumpliendo con los protocolos. Asimismo, para las reuniones con las familias se deben priorizar los canales remotos.
- Cada institución educativa, de acuerdo a su contexto local, debe buscar generar las mejores condiciones para garantizar el cuidado de la salud y la higiene, para lo cual deberá observar las disposiciones que emita el Ministerio de Salud.
Vacunación
- Las direcciones regionales de educación (DRE), direcciones regionales de educación (GRE) y las unidades de gestión educativa local (UGEL) se coordinarán con las direcciones generales de salud (Diresa) para la inoculación del estudiante.
- Toda persona que realice actividad laboral presencial deberá acreditar su esquema completo de vacunación frente al COVID-19siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú como en el extranjero.