Demandas durante el proceso de terminación
La denegación de licencia resulta en el cese gradual de las actividades académicas de las instituciones educativas con licencia denegada. La SUNEDU velará porque se respeten los derechos de los estudiantes, así como la normativa vigente. Como parte de este proceso, deberán cumplir con lo siguiente:
• A partir de la notificación, deberán suspender de manera inmediata y definitiva la convocatoria de nuevos procesos de admisión y matrícula en cualquier modalidad.
• La universidad y/o escuela no podrá interrumpir unilateralmente la prestación del servicio educativo durante el semestre o año académico en curso.
• A partir de la notificación de la denegación de la licencia, tienen un plazo máximo de 60 días para informar a la SUNEDU el plazo para el cese definitivo de sus actividades. También deberás presentar información sobre el estado de matrícula de tus estudiantes, así como los mecanismos que han elegido para continuar sus estudios.
• Las instituciones con licencia denegada tienen 90 días para enviar a la SUNEDU la información académica de sus egresados, así como los grados y títulos conferidos. Asimismo, deberán indicar, dentro del mismo término, si han prestado servicios educativos en programas distintos a los señalados en el informe técnico de licenciamiento, y si hubo alumnos matriculados en dichos programas.
• Asimismo, deberán informar a la SUNEDU sobre los convenios de traslado de estudiantes a otras universidades autorizadas, en un plazo máximo de 15 días desde la fecha de su suscripción.
• La institución con licencia denegada deberá presentar ante la SUNEDU la documentación que acredite los grados y títulos ya registrados, así como los pendientes de inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos.
• La universidad y/o escuela podrá otorgar grados y títulos por un plazo máximo de 24 meses adicionales contados a partir de la fecha de terminación definitiva.
• Los egresados que no hayan obtenido su título académico dentro de dicho término, podrán solicitar transferencia, matrícula y/o convalidación de estudios en otra universidad licenciada que cuente con un título similar. Los estudiantes que hayan concluido sus estudios en la universidad o escuela sólo podrán obtener su título a través de dicha casa de estudios.
El incumplimiento de estas disposiciones puede ser considerado como una infracción a la Ley Universitaria, con posibilidad de sanción. Las universidades con licencia denegada están obligadas a cumplir con el Reglamento para el Proceso de Cese de Actividades de las Universidades y Escuelas de Posgrado en los términos, plazos y condiciones establecidos.
Lima, 22 de enero de 2020