Atención Los BENEFICIARIOS DE LOS BENEFICIOS de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) quedan a favor del Personal Docente y Auxiliar de Docencia que hayan sido contratados durante el año 2020.

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Importante:

Articulo 1 del Decreto Supremo N° 307-2017-EF, establece que el Profesor Contratado en el marco del Contrato de Servicios Docentes a que se refiere la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, recibe, al término de del ejercicio, una compensación por tiempo de servicio, a razón del 14% de la Remuneración mensual vigente al momento de la terminación de su contrato, por año o fracción mayor a seis (06) meses de servicios continuos.

Artículo 9 del Decreto Supremo N° 296-2016-EF, establece que la Remuneración por Tiempo de Servicio del Auxiliar de Educación contratado se otorga de oficio al momento de la terminación (terminación del contrato), a razón del 14% de la Remuneración Mensual vigente al momento de la cesación, por fracción de año o mayor a seis (06) meses de servicios continuos

A continuación compartimos material educativo

Siga las instrucciones a continuación para descargar:

PUEDES DESCARGAR EN EL SIGUIENTE ENLACE:

DESCARGA AQUÍ: Tiempo de Servicios (CTS)

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FUENTES: MINEDU

WEB OFICIAL

https://learninghome.pe/#/

https://www.gob.pe/minedu