BONO POR ESCOLARIDAD será de S/.400, Decreto Supremo N° 002 -2021-EF

Se emite reglamento para el otorgamiento del Bono Beca para el Ejercicio 2021

DECRETO SUPREMO Nº 002 -2021-EF

El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Bono Escolaridad cuyo monto está fijado por la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2021, y el cual asciende hasta la suma de S/ 400.00 (CUATROCIENTOS 00/100 SOLES), el cual se abona, por una sola vez, en la planilla de pago correspondiente al mes de enero de 2021.

Requisitos:

Para acceder al bono por escolaridad, los trabajadores deberán cumplir, además, en conjunto, con las siguientes condiciones:

a) Estar laborando a la fecha de entrada en vigencia del presente reglamento, o en uso de descanso vacacional, o de licencia remunerada o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal anterior. Si no se cuenta con el tiempo antes mencionado de tres meses, dicho beneficio se paga proporcionalmente a los meses y días trabajados.

En el caso de trabajadores incluidos en sus propios regímenes de carrera que trabajen a tiempo parcial o jornada incompleta, el Bono Educación se aplica proporcionalmente a su equivalente que trabaje a tiempo completo, bajo la responsabilidad de la Oficina de Administración o la que sus tiempos de la respectiva entidad.

Ver reglamento:

Decreto Supremo N° 002 -2021-EF

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