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Decreto Supremo también establece condiciones para su percepción y criterios para determinar la relación de los docentes regulares beneficiarios

El Ministerio de Educación destinará recursos adicionales para financiar un bono extraordinario para docentes investigadores de universidades públicas por un período de nueve meses.

Mediante Decreto Supremo N° 032-2021-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, se establecieron los montos, criterios y condiciones para el Bono Docente-Investigador. De esta forma, los docentes ordinarios de la categoría principal recibirán un bono especial de S/ 3.778,66, los asociados S/ 2.329 y los auxiliares S/ 1.829. Cabe señalar que estos montos son aplicables a los docentes de tiempo completo o dedicación. exclusivo. En el caso de los profesores que realicen su labor a tiempo parcial, la bonificación se calculará proporcionalmente a las horas trabajadas.

Para otorgar este bono, los docentes deben cumplir con tres requisitos: estar calificados en el Renacyt, en el grupo Carlos Monge o en el nivel I del grupo María Rostworowki al 31 de enero de 2021; estar registrado como docente ordinario en la Aplicación Informática para el Registro Centralizado de Formularios y Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a partir de febrero de 2021; y, finalmente, cumplir con la normativa interna de la universidad en lo que es aplicable a los docentes investigadores.

La norma también establece las obligaciones de la universidad pública que acceda al financiamiento de dicho bono; así como los plazos de entrega y mecanismos de interoperabilidad entre el Minedu, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec) y las universidades públicas.

La Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio 2021 autoriza al Minedu a realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional, a favor de las universidades públicas, hasta por un monto de S/ 144 millones. Dicho importe permitirá financiar, entre otros conceptos, la aplicación progresiva de la citada bonificación, cuyo otorgamiento está previsto en el artículo 86 de la Ley Universitaria.

Esta disposición busca promover la excelencia del servicio educativo universitario, a través del reconocimiento y fortalecimiento de la labor investigativa que realizan los docentes ordinarios en las universidades públicas, a través de la promoción y consolidación de la producción académica.

Puede descargar el decreto supremo presionando el siguiente botón:

https://drive.google.com/file/d/1oGxDtlL3vcTK6d8OqB2beL9EWuAIu184/view?usp=sharing

Fuente: MINEDU

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