De acuerdo con la Ley General de Educación (Ley N ° 28044), publicada el 29 de julio de 2003, las unidades de gestión educativa local (UGEL) son una instancia de ejecución descentralizada de los gobiernos regionales.
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Son autónomos y, en términos generales, Son los encargados de difundir, orientar y supervisar la aplicación de la política y normativa educativa nacional o regional. en términos de gestión institucional, pero también son los encargados de evaluar los resultados de las instituciones y programas bajo su ámbito.
¿CUÁL ES SU ALCANCE DE ACCIÓN?
A pesar de que, por ley, su jurisdicción territorial es la provincia, dicho campo de acción puede modificarse bajo criterios de dinámica social, afinidad geográfica, cultural o económica y facilidades de comunicación.
Pero estos cambios deben realizarse de acuerdo con las políticas nacionales de descentralización y modernización de la gestión del Estado.
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¿QUIÉN LOS DIRIGIRÁ?
La UGEL están a cargo de un director y su designación se realiza mediante concurso público que es convocado por la Dirección Regional de Educación (DRE) a la que corresponde. Las DRE son órganos especializados y de función rectora del Ministerio de Educación (Minedu).
El cargo de director de la UGEL de tiene una duración de tres años, y cuando se cumple el plazo establecido, se vuelve a convocar a concurso público.
¿SUS DEBERES?
Como se establece en el artículo 74 de la Ley No. 28044, como parte de sus funciones, Las UGEL contribuyen a la formulación de políticas educativas regionales y nacionales. En este sentido, diseñan, ejecutan y evalúan el proyecto educativo de su jurisdicción de acuerdo con los proyectos educativos regionales y nacionales y con el aporte – en su caso – de los gobiernos locales.
También Brindar apoyo administrativo y logístico a las instituciones educativas públicas. (IEP) de su jurisdicción, a quienes asesoran (en su gestión pedagógica y administrativa), regulan y supervisan.
En coordinación con la DRE, realiza los procesos de evaluación y admisión del personal docente y administrativo, de acuerdo con los requisitos del IEP, para lo cual también identifica las necesidades y desarrolla programas de capacitación.
Más lejos, determina las necesidades de infraestructura y equipo de los IEP y participa en su construcción y mantenimiento. Lo hace en coordinación y con el apoyo del gobierno local y / o regional.
Y, entre otras funciones, también deben estar a cargo de promover y ejecutar estrategias y programas de alfabetización efectivos, de acuerdo con las características socioculturales y lingüísticas de sus localidades.
Todas estas acciones se llevan a cabo con el fin de fortalecer –entre otras cosas– las capacidades de gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas para lograr su autonomía.
¿CUÁNTOS HAY Y CÓMO SE DISTRIBUYEN?
Teniendo en cuenta que, por ley, las UGEL son órganos de ejecución descentralizados y que su jurisdicción territorial es la provincia, en Lima Metropolitana hay siete: UGEL 01 – San Juan de Miraflores, UGEL 02 – Rímac, UGEL 03 – Lince, UGEL 04 – Comas, UGEL 05 – San Juan de Lurigancho, UGEL 06 – Ate Vitarte y UGEL 07 – San Borja.
Tiempo en las provincias de Lima hay nueve: UGEL 08 – Cañete, UGEL 09 – Huaura, UGEL 10 – Huaral, UGEL 11 – Cajatambo, UGEL 12 – Canta, UGEL 13 – Yauyos, UGEL 14 – Oyón, UGEL 15 – Huarochirí y UGEL 16 – Barranca. Y en el Callao se ubica la UGEL Ventanilla.
Dentro del país, el número UGEL depende de la región. Así, las regiones con menor cantidad de UGEL son Lambayeque, Madre de Dios, Moquegua, Pasco y Tumbes con tres. Le siguen Tacna y Ucayali con cuatro, Ica con cinco; Huancavelica, Amazonas, Apurímac y Loreto con ocho.
Luego está San Martín con 10 UGEL, Ayacucho y Huánuco con 11, Piura con 12, Cajamarca y Junín con 13, Cusco y Puno con 14, La Libertad con 15 y, finalmente, Áncash con 20, la región con mayor número de UGEL al interior del país.
En total son 220 UGEL, según el formulario de inscripción del Registro Nacional de Unidades Locales de Gestión Educativa (Rendugel).